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De acuerdo con el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive, continúa aplicándose una reducción (*) del 50% en los billetes de 10 viajes y del 60% al Abono Transporte 30 días.
Se excluyen de esta medida los billetes sencillos y billetes Turísticos.
Se aplica un descuento del 30% a la Tarjeta Azul.
(*) Descuentos financiados por el Ministerio de Transportes y Movilidad sostenible, la Comunidad de Madrid y resto de administraciones adheridas al Consorcio Regional de Transportes de Madrid.
Para viajar en las líneas de autobuses urbanos de los distintos municipios de la Comunidad de Madrid, además del Abono Transporte para los usuarios más habituales, existen otros billetes no personales que se adaptan a las necesidades del viajero.
Billetes sencillos: Válidos para realizar un viaje en la línea correspondiente y en la zona de validez.
Bonobuses: Válidos para realizar diez viajes en líneas urbanas de la zona de validez del billete, con independencia de la empresa urbana o interurbana que preste el servicio en esa zona tarifaria. Estos bonobuses no son válidos en los servicios de transporte por autobús de Madrid (Zona A).
La tarifa aplicable a las líneas urbanas de autobuses de un municipio, dependerá de la zona en la que se ubique dicho municipio. La zona a la que pertenece cada parada se indica en el poste o marquesina de la misma.